¿Se heredan las deudas?
Como en muchos casos, depende del tipo de deudas y del estado en el que residía la persona fallecida. Según Christine Moriarty, CFP (Planificador Financiero Certificado), educadora y presidente de Money Peace.com, cuando una persona fallece, sus activos y pasivos (deudas) pasan a formar parte del "Estate" o bienes en sucesión hasta que la corte de sucesiones escuche sobre un testamento, o si no hay testamento, se complete el proceso de "probate" o probatoria, y se defina un ejecutor de la sucesión; mientras, los bienes del fallecido quedan "congelados".
Entonces, "los activos existentes en el estate como cuentas de ahorro, auto, propiedades, etc., pueden venderse para pagar las deudas. Lo que reste del pago de las deudas, va a los herederos. Si no queda nada, o no alcanza para liquidar todas las deudas, obviamente los herederos no reciben nada, pero tampoco están obligados a pagar nada adicional", dijo Moriarty.
En el caso de cuentas de activos en instituciones como bancos, "cuentas de ahorros o cheques, etc., que estén sólo a nombre del fallecido no estarán accesibles tras el conocimiento del fallecimiento del propietario único", indicó Linda Landreth, supervisora de la división gerencial encargada del tema en Wells Fargo N.A. "El ejecutor de la sucesión o la persona encargada, deberá presentar documentación que le autorice a disponer de los fondos existentes", explicó.
Cuando las cuentas son conjuntas (joint), los otros firmantes pueden disponer de los fondos en éstas. Mackey McNeill, CPA/PFS, contador miembro del American Institute of Certified Public Accountants (www.aicpa.org) y de la Comisión Nacional de Educación Financiera del AICPA, explicó que en la mayoría de los estados existe la titularidad conocida como POD o Pay on Death (pagadero al morir), es decir, se nombra el beneficiario de las cuentas en vida del titular. "Estas cuentas no pasan por el proceso de probate; el beneficiario sólo necesita presentar el certificado de defunción para tomar posesión de la misma," dijo el contador y consejero financiero.
Ahora bien, según Moriarty, hay dos situaciones en las que alguien sí puede ser heredero de una deuda. Primero, si es co-firmante o fiador de un préstamo del que resta saldo; y tendrá que pagarlo, así no lo haya disfrutado. Segundo, cuando alguien es co-titular de una tarjeta de crédito o en un préstamo en el que el sobreviviente es igual responsable de la deuda.
Al preguntar específicamente qué pasa con las tarjetas de crédito, Gary Altman, abogado, CFP y socio principal de la firma Altman & Associates en Washington DC, explicó que "las tarjetas de crédito mueren con la persona, a menos que alguien sea co-titular en la misma, en cuyo caso puede mantenerla; el sobreviviente será responsable del saldo remanente", dijo Altman.
Sin embargo, Bruce Cornelius, director de mercadeo de CreditReport.com, empresa que ofrece herramientas para monitoreo de los historiales de crédito, explicó que la muerte del titular no siempre pasa automáticamente a los historiales. "Cuando alguien fallece, la notificación regular del hecho, sea que la haga la casa funeraria, o la oficina del Seguro Social o el departamento estatal encargado, no siempre llega a las oficinas que manejan los historiales de crédito; es posible que por unos meses las cuentas de crédito del fallecido permanezcan abiertas sin recibir los pagos pertinentes, causando a su vez que las cuentas atrasadas pasen a agencias de cobranza inadvertidamente," explicó Cornelius.
La agencia de cobranza tratará de obtener el pago adeudado, y al no localizar al deudor suelen contactar a conyugues, hijos, padres o familiares. "Lo que no quiere decir que estas personas estén automáticamente obligadas a aceptar el pago de esas deudas, si no son co-titulares en las cuentas - explicó el experto- pero a menudo la insistencia de los cobradores, la falta de conocimiento del sobreviviente sobre sus derechos bajo la ley (Ley de Cobranzas Justas) y la situación emocional vulnerable, puede hacer que se comprometa a pagar una deuda que no le corresponde", advirtió.
Su consejo es que, tras el fallecimiento de alguien, un familiar cercano o el ejecutor de la sucesión, avise a las tres oficinas de crédito (Credit Bureaus): Experian, Equifax y Transunion, del fallecimiento. "Puede necesitar documentar la notificación (con el certificado de defunción), pero esto le ahorrará problemas futuros, y si ya fue notificado, no se pierde nada", recomendó el experto. "Un 50% de los historiales de crédito de los fallecidos queda activo por un largo tiempo antes de que estas oficinas sean notificadas. Esto es un riesgo, primero porque los familiares no pueden monitorear qué está pasando allí y mucho puede pasar. Como que alguien se apodere de la información del fallecido y ¡se robe su identidad!".
Por lo mismo, Cornelius aconseja que "si tiene una tarjeta conjunta con una persona que fallece, ¡ciérrela!". Es una decisión difícil, sobre todo si el sobreviviente no posee crédito personal o por separado, pero es lo más seguro. Si un estafador llega a tener acceso a esa cuenta, el daño puede ser enorme; va a ser muy difícil de probar el robo de identidad y la deuda no estará incluida en el pago de los beneficios de la sucesión. Otra previsión pues, es siempre tener una cuenta de crédito individual.
Otra deuda que los sobrevivientes necesitan saber manejar es la de servicios médicos, hospitales, etc. "A menos que alguien voluntariamente se declare responsable de los servicios contraídos por el fallecido, las deudas de servicios médicos pasan a su estate. En este particular, la ley varía según el estado de residencia, dijo el abogado Gary Altman, y da el ejemplo del estado de Maryland, donde un acreedor necesita presentar el reclamo por deuda pendiente antes de 6 meses de la muerte del deudor, de lo contrario, la deuda no será reconocida.
Una precaución similar aplica a los gastos de funerales. A menos que haya un plan de funeral pre-pagado, exista una previsión en el testamento para su pago, se estableciera un fideicomiso (trust) para esos gastos, o sean pagados del estate, quien contrate los servicios será responsable del pago.
Por último preguntamos al abogado qué pasa con una hipoteca. "La hipoteca continúa", explicó; si la casa es uno de los activos heredados, pasará a los beneficiarios como parte de la sucesión y también la deuda, que pudieran tener que pagar. Los herederos deben conocer si la vivienda está bajo el régimen de "Homestead" (vivienda principal), que varía de estado a estado, pues provee cierta protección contra otros acreedores diferentes al de la hipoteca de la vivienda.
Altman recomienda "legar la mayor parte de los bienes fuera del procedimiento de probatoria (probate) pues éste toma tiempo y dinero", e hizo gran énfasis en que "así sea un tema difícil, hay que hablarlo y planificar las herencias, y de ser necesario, las deudas. Contacten a un profesional, un abogado especializado en sucesiones que revise su caso. Les ahorrará problemas y errores que no pueden corregirse después de que alguien fallece". Por último hay que recordar que está el Tío Sam. No en vano dicen en EE.UU. que sólo hay dos cosas seguras: los impuestos y la muerte.
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